2012-05-21
Aguascalientes, Ags.-Imaginemos por un momento que, por las razones que sean, se produce un relevo en la dirigencia del SNTE. Y el nuevo presidente tiene la mayor voluntad de cooperar con las reformas. ¿Es eso suficiente para llevarlas adelante? No.
Para empezar, el SNTE es una hidra de 59 secciones sindicales que operan de manera muy heterogénea, que tienen relaciones políticas conducidas con una dinámica muy peculiar tanto de cara a su dirigencia nacional como a sus respectivos gobernadores y partidos, y que se mueve mediante redes de poder sostenidas por diversos equilibrios, unos frágiles y otros eficientes para efectos del control central que sobre ella se ejerce en al menos dos sentidos.
Uno es que el titular del registro definitivo otorgado por los tribunales laborales, federal y estatales, para el manejo de la relación colectiva de trabajo con la SEP y los gobiernos locales, es el comité nacional del sindicato, no las secciones ni otro sindicato. Es decir, hay sindicato único y relación centralizada. Y el otro que las cuotas sindicales que Hacienda y la SEP entregan al sindicato son administradas por él y luego distribuidas discrecionalmente a las secciones.
Ahora bien, dicha relación entre el sindicato y la SEP y los gobiernos, por otra parte, se expresa en al menos una docena de normas que van desde el artículo 3º constitucional hasta una variedad de acuerdos y reglamentos (y numerosas circulares y decretos) en los cuáles se funda el virtual cogobierno en la SEP que hace que todo trabajador docente y no docente dependa, para todo, no de su empleador sino de su gremio, y éste es, a la vez, sindicato y patrón. Ésta es parte de la magia.
Por ejemplo, dice el artículo 75 de la Ley General de Educación que son infracciones de quienes prestan servicios educativos algunas de las siguientes: suspender clases en días y horas no autorizados por el calendario escolar aplicable; incumplir lineamientos para el uso de libros o material educativo establecidos por la SEP o bien oponerse a las actividades de evaluación, inspección y vigilancia. Hasta allí, perfecto.
Pero añade que las disposiciones de este artículo no son aplicables a los trabajadores de la educación que eventualmente serían sancionados por disposiciones específicas para ellos. Si no son los docentes los que prestan el servicio educativo ¿entonces quién? ¿Los pizarrones, los bedeles, los jardineros, los pupitres? O bien: si el prestador es la SEP, entonces no habría ninguna justificación para que el sindicato intervenga, como hoy, en decisiones que son solo de la autoridad.
Anomalías como éstas hay cientos en la relación práctica cotidiana entre los trabajadores y las dependencias educativas, en la Federación y en los estados, y son justamente los pliegues de un modelo corrosivo que ha permitido la captura de la gestión educativa.
Una reforma educativa de fondo y que tenga probabilidades de éxito no depende de desplegados, firmas y buenas intenciones, sino de una estrategia de gestión pública eficaz.