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Ya que no compiten, ni se autorregulan…

Banco de México prohibe que los bancos
cobren algunas de las muchas comisiones

  • Cheques depositados en su cuenta y que sean devueltos
  • Rechazo de tarjeta de débito o de crédito
  • Cancelación de algunas cuentas o de tarjetas
Aguascalientes, MÉXICO a 21 de julio, 2009

 
 
 
 
 
     
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Como una respuesta a las demandas de los usuarios de servicios de la banca y ante la nula reacción de las instituciones bancarias, el Banco de México dio a conocer hoy que a partir del próximo 21 de agosto prohibe a los bancos cobrar algunas de las comisiones que cargan a sus clientes actualmente.

Las medidas anunciadas por el Banco Central buscan que las comisiones aplicadas sean claras y transparentes, que se apliquen únicamente a servicios efectivamente prestados y a operaciones realizadas por los clientes y a que se eliminen prácticas que impiden la sana competencia entre las instituciones bancarias.

Como es sabido, las instituciones bancarias que operan en México son de las que cobran mayores tasas de interés en las operaciones llamadas activas (cuando prestan algún tipo de recursos) y pagan las tasas más bajas en las operaciones pasivas (cuando reciben depósitos del público). Pero además, mantienen un sistema de cobros de comisiones que afecta a los clientes por casi cualquier tipo de operación que realicen con ese banco.

Las nuevas disposiciones de Banco de México condicionan o limitan el cobro de comisiones en los siguientes casos:

  • En cuentas de depósito a la vista, tales como de cheques y de nómina, no podrán cobrarse conjuntamente en el mismo periodo, comisiones por manejo de cuenta y por no mantener un saldo mínimo.
  • En ningún caso podrán cobrarse comisiones a un cliente por haber depositado en su cuenta cheques que sean devueltos por cualquier causa.
  • Cuando la banca establezca como condición para otorgar un crédito que el cliente abra una cuenta de depósito, para realizar los pagos del crédito, no podrá cobrar comisiones en la mencionada cuenta por los conceptos siguientes: apertura, manejo, y por no mantener un saldo mínimo.
  • No podrán cobrarse comisiones a un cliente por exceder o intentar exceder el saldo de su tarjeta de débito. Cabe mencionar que la ley establece una disposición similar para tarjetas de crédito.
  • No podrán cobrarse comisiones por la cancelación de cuentas de depósito.
  • No podrán cobrarse comisiones por la cancelación de tarjetas de crédito ni de débito.
  • No podrán cobrarse comisiones por la cancelación de la domiciliación del pago de bienes y servicios.
  • Tampoco se cobrarán comisiones por la cancelación del servicio de banca por Internet.
  • Tratándose de órdenes de transferencia de fondos, las instituciones no podrán cobrar comisiones diferenciadas en función del monto de las transferencias que les soliciten sus clientes.

En parte gracias a cobros como los anteriores, en los últimos años los bancos en México han registrado altos niveles de utilidad que en ocasiones han sido los más altos en sus corporativos que tienen operación bancaria en varios países. Se han dado casos en que la aportación de los bancos mexicanos representa más de la tercera parte de la utilidad total de esas empresas tenedoras de acciones.

En repetidas ocasiones la autoridad financiera y bancaria los ha llamado a ejercer una verdadera competencia que permita abaratar los servicios y mejorar las condiciones para el usuario, sin haber logrado respuesta. Hace algunos meses, algunos integrantes de la Cámara de Diputados y del Senado anunciaron que legislarían para dictar una normatividad que impidiera abusos contra el cliente de los bancos, aunque posteriormente se acordó que correspondería al Banco de México establecer los mecanismos que permitieran mayor competencia entre los bancos y protegieran al usuario.
Las medidas dadas a conocer hoy son las primeras en este sentido.

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