Imagen: PGR
Aguascalientes, Ags.- El argumento que la Procuraduría General de la República aportó al solicitar la orden de aprehensión contra Luis Armando Reynoso Femat fue “omitir la presentación de la Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta correspondiente a 2009” por ingresos que ascendieron a 29 millones de pesos sobre los que debió haber pagado 7 millones en impuestos al Servicio de Administración Tributaria (SAT) pero no lo hizo.
Los ingresos mencionados por la fiscalía federal representan 7.5 veces los ingresos netos obtenidos por el ex gobernador en ese año en razón del cargo público que ocupaba.
Ingresos brutos en 2009 como Gobernador: 3.8 millones de pesos
Para el año 2009, el Congreso de Aguascalientes autorizó para el gobernador del estado remuneraciones brutas por un monto máximo mensual de 321 mil 519 pesos.
En esa cantidad estuvieron comprendidos los 158 mil 970 pesos mensuales por Sueldo; otros 161 mil 46 pesos por concepto de Indemnización por Riesgo Laboral y 1,503 pesos por Previsión Social.
Al proyectarse anualmente ese ingreso bruto mensual que como monto máximo fijó el Congreso, el total para ese cargo fue de 3 millones 858 mil 228 pesos. Si esa cantidad fue la que en realidad percibió el exgobernador, entonces resultó ser 7.5 veces menor a los 29 millones de pesos que según la PGR debió reportar como ingresos.
Qué dice la ley sobre la defraudación fiscal
El Artículo 108 del Código Fiscal de la Federación establece como delito de defraudación fiscal aquél que se comete cuando con engaños o aprovechamiento de errores se omite total o parcialmente el pago de alguna contribución, tanto provisional como definitivo.
Las penas que se imponen cuando la defraudación es superior a los 2 millones 310 mil 520 pesos son: prisión de tres a nueve años, según el Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2015 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de enero de 2015.
En caso de que el monto de lo defraudado sea restituido de manera inmediata en una sola exhibición, la pena aplicable podrá atenuarse hasta en un 50%, de acuerdo a decreto del 2004 aún vigente.
No es delito grave
A decir del Consejo de la Judicatura Federal, el delito del que se acusa a Reynoso Femat no es catalogado como grave, de ahí que puede conseguir su libertad si paga la fianza correspondiente. Su situación jurídica deberá quedar resuelta en un plazo legal de 72 horas.



