Aguascalientes, Ags.- .El pasado 19 de junio, dentro de su relampagueante periodo extraordinario de sesiones, la Cámara de Diputados aprobó modificaciones al artículo 87 de la recién creada Ley de Partidos Políticos (LPP). Si bien para que estos cambios sean definitivos hace falta que el Senado los someta a votación y los apruebe, la modificación pretende dar marcha atrás a uno de los pocos avances producto de la reforma político-electoral aprobada en 2013 que, entre otras cosas, otorga claridad a la contabilidad de los votos para los partidos políticos que se postulen en coalición y limita la opción de negociar porcentajes de distribución de votos que beneficiaban principalmente a los partidos pequeños.
La modificación de la LPP demuestra, por un lado, la ausencia de proyecto en materia político-electoral y por el otro, el oportunismo permanente de los partidos políticos, quienes lejos de buscar un avance de las instituciones electorales o una verdadera representatividad política únicamente están interesados en afianzar mayores beneficios en términos de poder, recursos y dinero.
La Reforma Político-Electoral de 2013 y la LPP original aprobada el 23 de mayo, y vigente hasta el día de hoy, estableció un duro golpe a los partidos pequeños pues en caso de dobles marcajes en la boleta electoral -- cuando un individuo cruce dos o más emblemas de un candidato de coalición-- el voto solo se contabiliza para el candidato y no para los partidos como ocurría anteriormente. Esto implica que los partidos no obtienen un porcentaje de votación que puede ser determinante al momento de alcanzar el umbral mínimo para mantener el registro y disminuye el número de curules de representación proporcional. Por otro lado, esta nueva reglamentación otorga mayor claridad en la intención de voto del ciudadano pues permite conocer cuando un ciudadano vota por el candidato de la coalición más que por alguno de los partidos de la coalición ya que como se mencionó anteriormente, si un ciudadano hace un doble marcaje entonces el voto cuenta a favor del candidato y no de los partidos.
Las modificaciones al artículo 87 de la LPP eliminan esta transparencia en la aritmética electoral que revelaría qué partidos son los que se aprovechan en mayor medida de ir en conjunto con alguna otra fuerza política.
Todos los partidos políticos, con excepción del Partido Acción Nacional, acordaron que lo estipulado por la reglamentación electoral vulnera el derecho a la igualdad y la libertad de asociación e impide la representación de minorías. Sin embargo, el interés de los partidos por dar marcha atrás a la reforma no se encuentra en la defensa de la representación y las minorías sino en proteger su capacidad de acceder a recursos económicos y obtener el mayor número de representantes en el poder.
En primer lugar, la LPP, que disminuye potencialmente las ganancias de los pequeños partidos que van en coalición en combinación con la Reforma Política que elevó el umbral para mantener el registro a tres por ciento, pone en riesgo la supervivencia y el acceso a financiamiento público de partidos como el Partido del Trabajo y Movimiento Ciudadano que tradicionalmente se alían con el PRD y, por otro lado, el PVEM y el PANAL, quienes se alían con el Partido Revolucionario Institucional.
En segundo lugar, las prerrogativas que recibirían las fracciones en el congreso – que en 2012 sumaron más de 250 millones de pesos – disminuyen ya que estas dependen del número de diputados o senadores que las integran. La velocidad de los cambios a la LPP hace evidente la ausencia de una gran visión o proyecto de desarrollo político y demuestra cómo las instituciones electorales están lejos de crear un sistema representativo y competitivo, pues están sujetas a los intereses partidistas que buscan mantener su discrecionalidad electoral, recursos públicos, sobrerrepresentación y poder de negociación. Si así es en “su” propio mundo, ¿cómo esperar una visión de competencia y transparencia en ámbitos como el energético o de las telecomunicaciones?
¿Por qué sigue retrasándose la reforma energética?
La discusión y aprobación de las leyes secundarias en materia de energía otra vez se ha aplazado por tiempo indefinido. Los periodos extraordinarios del Poder Legislativo no han servido para desahogar los temas pendientes de la agenda y, por el contrario, han generado nuevo puntos de conflicto que desincentivan el acuerdo. En esta ocasión, el Partido Acción Nacional (PAN) se retiró de la mesa de discusión en materia energética por discrepancias en lo referente a la reforma político-electoral. Acción Nacional insiste en que en tanto se atrase la armonización de los marcos jurídicos estatales con la reglamentación del nuevo marco jurídico electoral, la discusión de lo energético podría postergarse hasta el siguiente periodo ordinario en septiembre.
Cualquier retraso en la legislación secundaria no sólo demora el impacto general del inexorable proceso de apertura del sector energético, sino que disminuye las probabilidades de ver algún beneficio económico capitalizable de la misma en el actual sexenio. No obstante, el PRI parece estar todavía en cierta disposición (no mucha) para tolerar este impasse legislativo. Entonces, ¿cuál podría ser el cálculo político detrás de este riesgo?
Una posibilidad es que obedezca a una estrategia vinculada con aminorar el impacto de la amenaza creíble de que una eventual consulta popular pudiera echar abajo la reforma energética. Como es sabido, dicho instrumento de participación ciudadana, producto de la reforma política de mediados de 2012, y apenas reglamentada hace algunos meses, representa el último elemento de resistencia que la izquierda pretende utilizar contra la apertura del sector energético. El asunto no es menor, sobre todo para el Partido de la Revolución Democrática (PRD), el cual, ante la coyuntura electoral que se avecina en 2015, se encuentra ávido de restaurar la legitimidad perdida como frente de oposición, la cual fue severamente lesionada con su activa participación dentro del Pacto por México. Sin embargo, dada su normatividad, el proceso de una consulta popular es complicado y requiere del control, en diferentes etapas, de los liderazgos dentro del Congreso –el órgano a cargo de procesar en primera instancia el trámite—, el Instituto Nacional Electoral (INE) –la aduana que tiene la responsabilidad de validar las firmas que acompañen la solicitud—, y la Suprema Corte de Justicia –la ventanilla con la encomienda de determinar la constitucionalidad o no, es decir, la procedencia y viabilidad, de la pregunta planteada en la consulta.
Este último punto es trascendental, ya que el máximo tribunal de la nación será el escollo más complicado de salvar si se quiere llevar a las urnas cualquier tipo de consulta. La Corte deberá decidir, de ser el caso, si el cuestionamiento planteado por los solicitantes de la consulta no entra entre las restricciones estipuladas en la misma Ley de Consulta Popular, la cual prescribe varias restricciones temáticas en cuanto a los asuntos susceptibles a ser afectados por esta figura de participación ciudadana. Entre los temas prohibidos para ser sometidos a consulta se hallan aquellos relacionados con los ingresos del Estado por ejemplo, los impuestos o, en el tenor de la reforma energética, las regalías, beneficios, ganancias o rentas, producto de la renta petrolera.
Aunque tanto el PRD como Andrés Manuel López Obrador han presentado esbozos de proyectos para concretar una consulta encaminada a derrumbar la reforma constitucional en materia energética, sus respectivos procesos no han avanzado ya sea por errores en la compilación de los requisitos mínimos, o por la ambigüedad de las preguntas planteadas (la ley dice que la pregunta puesta sobre la mesa deberá tener claridad suficiente y objetivos claros). Así, los opositores a la reforma no han sido capaces en los últimos meses de llevar a buen puerto sus intentos de materializar una consulta. La principal razón de ello es que el texto de la reforma constitucional no ofrece los elementos suficientes para llevar adelante una inquisición que no tenga que ver con los ingresos del Estado y superar el obstáculo de las restricciones de ley. No obstante, los detalles de la legislación secundaria, actualmente a debate, podrían representar una oportunidad para salvar dicho escollo legal y, cuando menos, poner en jaque la legitimidad del proceso de apertura. Ahora bien, mientras no haya reglamentación, tampoco habrá materia para atacarla y descarrilar la reforma. Si este estatus prevalece, las posibilidades de una consulta popular se desvanecen. Si no se tramita el proceso antes del 15 de septiembre próximo, legalmente será imposible que se lleve a cabo una consulta popular en los comicios federales de 2015, ya que la ley marca esa fecha como límite a fin de poder usar dicha herramienta en el próximo proceso electoral. Cualquier solicitud posterior a ese plazo, deberá esperar hasta las elecciones generales de 2018.
Otro escenario asume como inevitable la consulta popular y que, independientemente del sentido de su resultado y la baja posibilidad de que sea vinculante, va a tener consecuencias políticas. Lo anterior es motivo suficiente para que el gobierno federal busque el mayor consenso político posible en la votación de las leyes secundarias y así poder contrastarlo con la participación en el referéndum con la finalidad de fortalecer la legitimidad de la reforma en su conjunto.
Lo cierto es que mientras se aplace con motivos políticos la aprobación de las leyes complementarias en materia energética, tampoco habrá al interior del Congreso una discusión de fondo que impacte en mejores cuerpos normativos y, al parecer, a pocos les importa. Las consecuencias de dos meses de retraso para los portafolios de inversión de los grandes actores en la industria del petróleo pueden no ser demasiado significativas a largo plazo, más aún si se controla la incertidumbre a través del acceso a información privilegiada en temas importantes. Los principales afectados por el simple transcurso del tiempo son actores focalizados con poco poder de influencia y sanción que sí pueden obtener beneficios a corto plazo -por ejemplo la industria de transporte y almacenamiento de gas y electricidad- y sus usuarios. La lección es que no importa qué diga el discurso sobre la importancia y trascendencia de una política, siempre podrá secuestrase el tiempo con fines políticos y partidarios.
Reproducido con autorización de CIDAC












