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Le da el TEPJF 24 horas de plazo a partir de la notificaciÓN
El IFE deberá reconsiderar
queja del PAN contra el
Gobernador de Aguascalientes
  • Los magistrados consideran que no se agotó el análisis
2012-06-13
Aguascalientes, Ags.- El Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) deberá analizar de nuevo la queja que presentó el Partido Acción Nacional (PAN) contra el Gobernador de Aguascalientes Carlos Lozano de la Torre, por presuntos apoyos a Enrique Peña Nieto, cuando aún era precandidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI) a la Presidencia de la República.

Por unanimidad, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) apoyaron el proyecto de resolución en ese sentido elaborado por el Magistrado Constancio Carrasco Daza.

En dicho proyecto se da la razón al Partido Acción Nacional al haber impugnado el acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral en el que se declaró sin fundamento la sanción solicitada contra el gobernador Carlos Lozano de la Torre por haber utilizado –según el PAN- recursos públicos para promover la imagen de Peña Nieto cuando fue precandidato.

Según los magistrados, el error del IFE fue haber tomado como premisa que la queja del PAN era por “actos anticipados de precampaña y/o campaña del gobernador de Aguascalientes a favor de Enrique Peña Nieto”, siendo que la queja fue por “la injerencia de dicho funcionario en el proceso electoral en curso para beneficiar al precandidato a la Presidencia de la República, al promover su imagen mediante el empleo de recursos públicos, ya que al rendir su primer informe de gobierno indujo a los ciudadanos a votar a favor de dicho aspirante a pesar de la prohibición normativa dirigida a los servidores públicos de utilizar en cualquier tiempo recursos públicos para promover el voto a favor o en contra de algún candidato o partido político…”

El proyecto establece que el IFE analizó en forma parcial la queja presentada por el PAN, y por lo tanto considera que procede revocar la resolución, por “ilegal”, y establece un plazo de 24 horas para reconsiderar la queja, a partir del momento en que le sea notificada la decisión tomada.

 
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