Aguascalientes tendrá
Magistrados permanentes
en materia electoral
Durarán en el cargo 10 años
Serán elegidos a partir de una terna
Entre sus funciones, validar las elecciones
2012-05-24
Aguascalientes, Ags.-
El Congreso de Aguascalientes aprobó la iniciativa a través de la cual se crea la Sala Auxiliar Administrativa y Electoral, cuyos 7 magistrados durarán en su cargo diez años.
La Sala Auxiliar Administrativa y Electoral, junto con el Supremo Tribunal de Justicia del Estado, conformarán por lo tanto el Poder Judicial del Estado de Aguascalientes.
La Sala Auxiliar Administrativa y Electoral “será un órgano especializado y la máxima autoridad jurisdiccional en las materias electoral y contencioso administrativa dentro del Poder Judicial, los Juzgados de Primera Instancia, el o los Jueces de Ejecución, Mixtos Menores, Jueces de Preparación y Especializados de adolescentes y el Consejo de la Judicatura Estatal, que tiene a su cargo la carrera judicial”.
Los Magistrados serán designados de la terna propuesta por el Ejecutivo estatal, y los nombramientos deberán recaer en personas seleccionadas por el Consejo de la Judicatura Estatal, que podrán ser “tanto elementos del Poder Judicial del Estado, peritos en derecho de otras dependencias del Estado y sus municipios, o miembros del foro local que lo merezcan por su honorabilidad, competencia y antecedentes en otras ramas de la profesión jurídica”.
La Sala Auxiliar Administrativa y Electoral tendrá entre sus facultades, dirimir las controversias de carácter administrativo y fiscal que se susciten entre las autoridades del Estado, de los Municipios y sus Organismos Descentralizados y otras personas en funciones de autoridad, con los particulares; y en materia electoral resolver los medios de impugnación y nulidades que la ley electoral establezca, así como declarar la validez de las elecciones, y aquellas que se señalen en la Ley Orgánica del Poder Judicial y sus Reglamentos.
La iniciativa precisa que en tanto no se realicen las adecuaciones normativas, toda referencia al Tribunal de lo Contencioso Administrativo o al Tribunal Electoral local (que según la Constitución del estado es un órgano jurisdiccional temporal) “se entenderá hecha a la Sala Auxiliar Administrativa y Electoral”.
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