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Reformas a la Ley de Transparencia del Estado de Aguascalientes

La información pública
deberá estar actualizada

  • La Iniciativa fue aprobada en el Congreso
  • Entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado
21 de mayo, 2009

 
 
 
 
 
     
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Aguascalientes, Ags. El Pleno del Congreso local aprobó hoy la Iniciativa de Reformas a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes, presentada por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Con dichas reformas se pretende, entre otras cosas, que se cumpla con la frecuencia con que debe ser actualizada la información que se publica de oficio.

El 22 de diciembre del 2008, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso de Aguascalientes recibió la Iniciativa para su estudio y dictamente correspodiente; y el 13 de mayo de este año se recibieron observaciones por parte de la Secretaría General de Gobierno.

Se adiciona un inciso donde se establece que con excepción de la información catalogada como reservada o confidencial, se debe poner a disposición del público y actualizar toda aquella información en la que se den modificaciones.

Entre la información que deberá estar actualizada, está la que se refiere a:

  • monto, aplicación y destino de los recursos públicos entregados a organismos, institutos, asociaciones, fideicomisos y cualquier otra entidad del derecho privado.
  • datos que arrojen las auditorías al ejercicio presupuestal
  • licencias, permisos o autorizaciones otorgados para la prestación de servicios públicos
  • concesiones, adquisiciones, enajenaciones, arrendamientos y prestación de servicios
  • contrataciones (nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato y plazos de cumplimiento de los contratos).
  • gastos por concepto de viáticos y alimentos que se realice a cuenta del erario público.
  • montos recibidos por concepto de multas, recargos, cuotas, depósitos y fianzas, señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos
  • convenios que impliquen transferencias financieras con cargo al presupuesto público. Deberá hacerse público el fundamento jurídico, los responsables de su recepción y ejecución, el programa y los tiempos de aplicación de los fondos
  • cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que con base a la información estadística responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

Otra de las modificaciones a la Ley de Transparencia va en el sentido de que aquellos servidores públicos que cometan faltas graves contra la misma serán acreedores de la destitución de su cargo.

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