El Congreso de Aguascalientes aprobó reformas a artículos del Código Urbano del estado, que establecen, entre otras medidas, las siguientes:
- Los Municipios deberán destinar para infraestructura equipamiento y servicios, cuando menos el 50% de las áreas de donación que reciban por parte de los fraccionadores. Y podrán trasladar el dominio a otros organismos públicos o privados sin fines de lucro.
- Del área total de donación de cada fraccionamiento, cuando menos el 40% deberá destinarse a áreas verdes, parques y jardines. El fraccionador tendrá la obligación de equipar dicha superficie para tales efectos, en los términos que se señale por parte del Municipio. El resto de la superficie se entregará limpia y sin escombro. |